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PROGRAMA PARA LA RESOLUCIÓN DEL CONFLICTO ENTRE EL CLIENTE Y EL ABOGADO

Si usted se encuentra en un conflicto sencillo con su abogado y usted no quiere presentar una queja formal, el programa del NC State Bar (Colegio de Abogados) que se llama Attorney-Client Assistance Program (Programa de Asistencia entre el Cliente y el Abogado) le puede ayudar. Este programa brinda asistencia para facilitar la resolución de los conflictos informalmente entre los clientes y los abogados. Dos intermediarios públicos responden a las llamadas del público que tienen quejas o inquietudes acerca de sus abogados. El intermediario público puede, depende de la situación, contactar al abogado y ayudarle resolver el problema de la persona que llamó al Colegio. El intermediario público no representa a ningua parte cuando está tratando facilitar una resolución. Además, el intermediario público no puede brindar asesoría legal, pero es posible que pueda dirigir la persona que llamó a otra fuente que le puede ayudar. Usted se puede comunicar con uno de nuestros intermediarios públicos. Llame al (919) 828-4620 o envíe un correo electrónico al ACAP@ncbar.govPor favor incluya su nombre completo y su número telefónico dentro del contenido del correo electrónico.


RESOLUCIÓN DEL CONFLICTO DE LOS HONORARIOS

Si usted tiene un conflicto con su abogado sobre los honorarios, usted puede participar en el programa del State Bar que se llama el Fee Dispute Resolution Program (Programa de la Resolución del Conflicto de los Honorarios). Este programa está disponible a los clientes que tienen un conflicto sobre el tema de los honorarios. La participación en este programa es gratuita. Para poder participar en el programa, usted tiene que presentar su pedido para una resolución de un conflicto sobre los honorarios dentro de tres años a partir de la última fecha que el abogado le representó a usted. El programa no puede aceptar un pedido para la resolución de un conflicto sobre los honorarios después de que el abogado haya entablado una demanda para poder cobrar por los honorarios. Además, el programa no tiene la autoridad de renunciar los honorarios. Usted puede obtener la solicitud para solucionar un conflicto de honorarios aquí. También, usted puede llamar al (919) 828-4620 para obtener una solicitud. Pregunte por el Attorney-Client Assistance Department (Departamento de Resolución del Conflicto entre el Cliente y el Abogado).

En cuánto que usted haya presentado su solicitud, una copia de su petición y cualquier documento relevante serán enviados a su abogado para una respuesta. No siempre se puede facilitar una solución para cada conflicto. Se determina si se puede facilitar una resolución de los honorarios después de analizar todos los documentos relevantes que cada parte entrega.

A continuación, hay unas preguntas básicas sobre este programa.

P: ¿El abogado es obligado participar en el Programa de la Resolución del Conflicto de los Honorarios del NC State Bar? 

Las Normas Modificadas de Conducta Profesional requieren que el abogado que tiene un conflicto con un cliente sobre los honorarios notifique al Programa de la Resolución de un Conflicto sobre Honorarios del North Carolina State Bar por lo menos 30 días antes de iniciar una acción legal para cobrar por los honorarios.

P: ¿Cuándo se considera un desacuerdo sobre los honorarios "una disputa"?

Se considera una disputa sobre los honorarios si el cliente cuestiona o se opone a la cantidad de los honorarios. También, se asume que hay una disputa si el cliente no paga por los honorarios, a menos que el cliente confirme la obligación de los honorarios por escrito o verbalmente. Si un cliente paga por los honorarios con un cheque sin fondos, entonces se asume que el cliente ha confirmado la obligación de los honorarios y no se requiere que el abogado notifique al cliente acerca del Programa para la Resolución del Conflicto de los Honorarios.

P: ¿Cuáles son los requisitos de notificar a un cliente acerca del Programa de la Resolución del Conflicto de los Honorarios antes de entablar una demanda para cobrar por los honorarios?

El cliente tiene que ser notificado acerca del derecho a participar en el Programa de la Resolución del Conflicto de los Honorarios por lo menos 30 días antes de entablar una demanda en contra del cliente para cobrar por los honorarios.

P: ¿El abogado le puede notificar a un cliente acerca del Programa de la Resolución del Conflicto de los Honorarios aunque no tiene la intención de entablar una demanda en contra del cliente para cobrar por los honorarios?

Sí. En el fondo, aunque el abogado no tiene la intención de entablar una demanda para cobrar por los honorarios si el cliente no los paga, el abogado sí puede buscar la participación del cliente en el Programa de la Resolución del Conflicto de los Honorarios como una forma de cobrar por todo o una porción de los honorarios.

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